Durante el miércoles 1 de febrero del año en curso el Instituto Nacional Electoral (INE) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una demanda de controversia en contra del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022.

Dicho recurso ha sido interpuesto debido a las modificaciones legislativas que se plantearon en el decreto publicado crean condiciones que merman la autonomía del Instituto y su capacidad para ejercer las funciones que la Constitución le mandata, a la par que desequilibra el modelo de comunicación social y perjudica la equidad en la contienda.

Con respecto a eso, el instituto menciona que la Constitución es clara en establecer que las personas servidoras públicas deben de aplicar los recursos públicos con imparcialidad, sin influir en la equidad de la contienda, así como que la propaganda gubernamental debe de tener un carácter y contenido institucional, sin poder incluir mensajes o imágenes que constituyan propaganda personalizada para posicionarse ante el electorado.

Hecho que la reforma aprobada ignora, permitiendo a las autoridades intervenir en la contienda, con el pretexto de ejercer la libertad de expresión de quién ostenta cargos públicos, en una clara contravención al derecho de la ciudanía de recibir información cierta, objetiva e imparcial por parte del gobierno.

En el recurso, el instituto considera que el anteriormente citado Decreto contraviene el modelo de comunicación social y propaganda gubernamental establecido en el artículo 134 Constitucional, con lo cual se impide al INE ejercer su función de salvaguardar la imparcialidad y equidad en la contienda.

Indica el instituto que el grupo parlamentario de mayor representación en la Cámara de Diputados, en un evidente frauda a la ley, se apropió de la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal para atender de manera urgente el trámite y se perdonaran los trámites legislativos correspondientes, por lo que esta no fue turnada a comisiones para su respectivo dictamen.