En Puebla se acatará el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que los menores de edad podrán modificar la identidad de género en su acta de nacimiento en el Registro Civil, si así lo desean, sentenció el gobernador Luis Miguel Barbosa. 

Al comprometerse a que habrá una revisión en el Registro Civil de las Personas, para verificar si existen solicitantes de cambio de nombre, Barbosa Huerta subrayó que esta determinación del máximo órgano de Justicia en México se tiene que cumplir.

Y es que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron por unanimidad la invalidez el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil para Puebla, el cual ponía como requisito tener 18 años cumplidos para obtener un nuevo documento de reconocimiento.

Ahora los menores de edad del estado de Puebla podrán modificar la identidad de género en su acta de nacimiento mediante un sencillo proceso administrativo en el Registro Civil.

El proyecto aprobado por la Corte fue realizado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa ante la acción de inconstitucionalidad 73/2021 que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) el 26 de marzo de 2021 contra el Código Civil del estado, con el argumento de que la restricción no solo era contraria a lo que dicta la Constitución Mexicana, sino también a los convenios internacionales.

En este sentido, el gobernador de Puebla comentó que al ser declarado inconstitucional el artículo del Código Civil, los menores pueden expresarse con seguridad y solicitar el cambio de nombre por cuestiones de preferencia.