La Fiscalía General de Justicia del Estado de México informó que elementos de la policía lograron la captura de Sergio N., el hombre que arrojó a un perro en un cazo de aceite hirviendo en Tecámac.
La fiscalía detalló que el sujeto fue detenido en un domicilio de la alcaldía de Coyoacán, Ciudad de México. A Sergio N. se le atribuyen cargos por maltrato animal, luego de que se le señalara como el presunto responsable de la muerte del perro, después de que lo arrojara al aceite.
Las autoridades acusan que Sergio N. ingresó a una carnicería en San Pablo Tecalco, en el municipio de Tecámac, Estado de México, lugar en donde agredió verbalmente al sujeto que atendía para después amenazarlo con un objeto punzocortante, pero tras salir del establecimiento, tomó a un perro en situación de calle y lo cargó para arrojarlo a un cazo con aceite hirviendo.
Luego de su captura, Sergio N. fue trasladado a la Agencia 50 de la Fiscalía General de Justicia de Ciudad de México, donde quedó a disposición de un juez, mismo que evaluará su situación jurídica. Podrá pasar de tres a seis años en la cárcel.
El día de ayer, la fiscalía del Estado de México publicó un comunicado en el que condenaba el maltrato del perro por parte del sujeto, por lo que realizarían las labores correspondientes para detenerlo. Además, informó que la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México (Propaem) dará seguimiento al caso.
¿Cuál es el castigo por maltrato animal en Edomex?
El Código Penal del Estado de México establece que todo aquel que realice maltrato animal, provoque lesiones o mate a animales que no sean catalogados como una plaga, podrá pasar de seis meses a cuatro años en la cárcel, además, deberá pagar de 150 a 300 días de multa.
Mientras que aquellos que cometan abuso sexual en contra de animales, podrán pasar el mismo tiempo en prisión, pero deberán pagar una multa de 50 a 150 días.
Sin embargo, la pena se agrava si el maltrato animal está documentado ya sea en video o en fotografía, por lo que el tiempo en prisión podría subir a los nueve años.
A esto se agrega, a que de acuerdo con el artículo 235 Tercero, todo aquel que provoque la muerte no inmediata de un animal, a través de cualquier medio que prolongue su agonía, pasará de tres a seis años en prisión, además, pagará de 200 a 400 días de multa. Las penas que aumentan si el delito fue cometido por un servidor público.