Tras exhibir en redes sociales a un presunto zoofílico que abusaría de perritas y otros animales en Puebla para después mostrar las fotos y vídeos en algunas plataformas de Internet, ya existe denuncia penal en contra de él.
En sus redes sociales, la Fundación Toby señaló que ya existe denuncia ante la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla en contra del sujeto, identificado como vecino de la junta auxiliar San Pablo Xochimehuacan, en el norte de Puebla capital.
“Ya se inició el proceso, por lo que los abogados nos pidieron guardar silencio para no entorpecer nada, sepan que somos un equipo grande, muchas fundaciones, rescatistas, abogados, civiles, animalistas, actores y actrices se han unido a este caso y no quitamos el dedo del renglón, en cuanto los abogados nos permitan, les daremos actualización”.
Sin embargo, siguen saliendo a la luz más personas, hombres y mujeres, que estarían relacionados en el mismo ilícito, incluso se especula que una mujer que comete los mismos crímenes tendría una relación cercana con el individuo al que se investiga en Puebla.
¿Qué castigo podría recibir?
Según la ley, el maltrato animal está tipificado como delito y el artículo 470 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla señala que incurre en este quien, “mediante acción u omisión, realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal con la intención de ocasionarle dolor, sufrimiento o afectar su bienestar, de manera ilícita o sin causa justificada”.
Como pena, señala el mismo artículo, al responsable “se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a trescientas unidades de medida y actualización vigente al momento que se cometa el delito”.
Si hay lesiones que pongan en peligro la vida del animal, señala el Código, “las penas se incrementarán en una mitad” y si los actos de maltrato o crueldad provocan su muerte, “se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y multa de doscientas a quinientas unidades de medida y actualización”.
El uso de armas o explosivos en el maltrato animal se considera una agravante que incrementaría las sanciones en un tercio más, en cualquiera de los casos anteriores.