Después de siete meses de posponerla, el Congreso de Oaxaca aprobó la reforma a la Constitución local, para prohibir que las personas condenadas por violencia familiar, delitos sexuales o deudoras alimentarias ocupen cargos públicos y de elección popular.
“La también conocida como ‘Ley 3 de 3 contra violencia de género’ es una iniciativa que surge de la lucha de colectivas y activistas feministas, a la que nos sumamos otras mujeres impulsándola desde distintas trincheras”, comentó la diputada local Concepción Rueda Gómez
La legisladora morenista reconoció la intervención del gobernador, Salomón Jara al sumarse a la acción afirmativa enviando el paquete de reformas a la Constitución Política Local y a diversas leyes estatales para sí restringir el acceso a cargos públicos a personas que estén inscritas en el Registro de Deudor Alimentario Moroso.
La reforma de la Constitución de Oaxaca en los artículos 21 Bis, 34, 65 Bis, 68, 101, 113, 114, 114 Bis, 114 Ter y 114 cuarto, impedirán que personas condenadas por delitos cometidos por razones de género; por violencia familiar, por delitos sexuales no puedan acceder a cargos públicos y de elección popular.
El decretó aplicará en los tres poderes del estado, así como en organismo autónomos y electorales, entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial del estado.
Sin embargo, Rueda Gómez anotó que la incipiente “Ley 3 de 3” en Oaxaca, aún está incompleta, en tanto, no se hagan las modificaciones a las leyes secundarias, sobre todo, si se mantiene la condena como “resolución firme”.
La propuesta denominada “Ley 3 de 3 contra violencia de género”, impediría que sean nombrados como servidores públicos, personas que hayan sancionadas, condenadas o vinculadas a proceso, por violencia familiar, agresión de género en el ámbito privado público, por delitos sexuales, o a la intimidad corporal, quienes estén inscritos o tienen registro vigente como deudores alimentarios, mediante resolución.