Desde su incorporación a la normativa mexicana en 2011, el principio pro persona ha modificado la forma en que se imparte el Derecho. Se trata de un mecanismo que busca hacer interactuar derechos humanos reconocidos en dos fuentes de la disciplina jurídica normalmente jerarquizados: la Constitución y los tratados internacionales. De esta manera, y cuando se trate de garantías fundamentales, ambos instrumentos tendrán el mismo valor.
Como expuso el Dr. César Astudillo Reyes durante una cátedra en la IBERO Puebla, este paradigma no ha sido aceptado universalmente por los juristas. Algunos abogados recurren al principio de supremacía constitucional para reivindicar los derechos de la Carta Magna por encima de lo establecido en cualquier otro mecanismo jurídico, lo que puede provocar conflictos y revictimizaciones.
Junto a la perspectiva pro persona existen diferentes principios jurídicos que permiten análisis diferenciados de las normas para ejercer “el mejor de los derechos”. La interpretación conforme sirve para restar del ordenamiento aquello que es inconstitucional a manera de un primer filtro en los procesos. También se puede recurrir a la ponderación para resolver un conflicto entre dos derechos con base en la fortaleza de estos.
Mientras que el principio de razonabilidad busca evitar discriminaciones por parte del legislador, el de proporcionalidad encamina las mejores alternativas para regular una acción. “Los derechos luchan entre sí por ver cuál es el mejor. Hay una competencia por ver qué derecho brinda más, nos trata mejor […] El principio pro persona va a permitir optar por el mejor derecho”, sintetizó el académico de la UNAM.
Existen derechos que se reproducen con diferencias en distintos ordenamientos; parten de una base común, pero los detalles varían. Esto provoca que existan normativas que otorgan mayores beneficios que otras. Un ejemplo de ello es el derecho al nombre: dependiendo del marco jurídico, una persona puede tener derecho a un nombre propio, a un nombre y un apellido, a un nombre y dos apellidos, etcétera.
Asimismo, Astudillo Reyes aclaró que no existen jerarquías entre los derechos humanos. Esto permitió que se declarara inconstitucional la penalización del aborto el pasado septiembre, donde el derecho a la vida (del producto) fue ponderado con otros como el del libre desarrollo (de la gestante). “Hay conductas que no pueden admitir que un embarazo siga adelante, como la violación, que es una vulneración al derecho a la integridad”.
Tras la conclusión de que la ciencia jurídica debe pensarse desde lo que beneficie más a las personas, el Mtro. Simón Hernández León, coordinador de la Licenciatura en Derecho de la IBERO Puebla, agregó que las discusiones sobre las decisiones que se toman en los tribunales son fundamentales para continuar en la búsqueda de una mejor sociedad.