La Secretaría de Educación Pública (SEP) debe asumir competencia y dar a conocer las evaluaciones que realizó el Consejo Nacional de Evaluación de la Política y Desarrollo Social (Coneval) a los programas operados por la dependencia en 2019 y los resultados obtenidos, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al divulgar la información sobre las evaluaciones de los programas instrumentados por la SEP estaremos más cerca de evitar el ensanchamiento de las desigualdades que relegan a ciertos sectores de la población del ejercicio efectivo del derecho a la educación”, enfatizó la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena.
Planteó que la crisis sanitaria ha puesto de relieve las brechas que persisten en la disponibilidad, accesibilidad y calidad de la educación en el país, por lo que contar con información precisa sobre los programas implementados por la SEP permitirá identificar el progreso, alcance y resultados de las decisiones ejecutadas.
Hay consenso de que la educación debe ser accesible, disponible y de calidad, pero para cerciorarnos de que realmente sea así y para valorar si las políticas instrumentadas están solucionando los problemas públicos, requerimos garantizar la máxima publicidad de la información requerida en este asunto”, subrayó.
De acuerdo con el Programa Anual de Evaluación 2019, el Consejo se encarga de monitorear, evaluar, analizar y revisar los programas federales y, a partir de los resultados obtenidos, las dependencias y entidades deben actualizar los objetivos e indicadores plasmados en la Matriz de Indicadores para Resultados.
En ese sentido, el Programa prevé que los resultados y documentos obtenidos a partir del monitoreo se hagan del conocimiento de las entidades y dependencias evaluadas, en este caso, de la SEP, y los resultados deben ser publicados en sus sitios electrónicos.
Asimismo, se advirtió que en uno de los anexos del Programa Anual de Evaluación 2019 hay constancia de que el Coneval comunicó a la SEP los resultados de los programas evaluados.
De conformidad con lo anterior, no se considera procedente la incompetencia invocada por el sujeto obligado ya que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal sí tienen facultades para conocer las evaluaciones llevadas a cabo por el Consejo, así como los documentos y resultados de las mismas”, planteó la Comisionada.